Lunes, 19 de Octubre de 2026
Interés General 18/10/2026

Un detenido en la cárcel de Concordia denunció falta de atención médica y el caso deberá resolverlo la Justicia provincial

La Cámara Federal de Paraná confirmó que el fuero federal no es competente para intervenir en el habeas corpus presentado por un interno alojado en la Unidad Penal N° 3 de Concordia. El planteo denuncia un presunto agravamiento de sus condiciones de detención por falta de atención médica adecuada.

Un detenido en la cárcel de Concordia denunció falta de atención médica y el caso deberá resolverlo la Justicia provincial

Un interno alojado en la Unidad Penal N° 3 de Concordia presentó un habeas corpus en el que denunció una presunta falta de atención médica adecuada. Tras analizar el planteo, la Cámara Federal de Paraná confirmó que será la Justicia provincial la que deberá intervenir en el caso.

El detenido se encuentra a disposición del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, pero permanece alojado en un establecimiento dependiente del Servicio Penitenciario de Entre Ríos.

El planteo había sido presentado ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay y señalaba un supuesto agravamiento de las condiciones de detención debido a la atención sanitaria recibida dentro de la cárcel concordiense.

Ordenaron garantizar la atención médica

Antes de declararse incompetente, el magistrado subrogante requirió con carácter urgente a las autoridades penitenciarias que garantizaran la atención médica adecuada y el resguardo de la salud del interno.

Posteriormente, resolvió que el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay no era competente y dispuso remitir las actuaciones al juzgado provincial de Concordia que corresponda.

La decisión fue elevada en consulta a la Cámara Federal de Paraná, integrada en este caso por los magistrados Mateo José Busaniche y Cintia Graciela Gómez.

Por qué deberá intervenir la Justicia provincial

La Cámara analizó la Ley 23.098 de habeas corpus y recordó que la competencia depende de la autoridad de la cual provenga el acto denunciado como lesivo.

En este caso, la presentación cuestiona la presunta falta de atención por parte de personal médico perteneciente al Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos, y no el accionar de una autoridad nacional.

Por ese motivo, los camaristas coincidieron con la resolución de primera instancia y con el dictamen del fiscal general interino, ratificando la incompetencia de la Justicia Federal.

De esta manera, el habeas corpus deberá continuar su trámite ante la Justicia provincial de Concordia, que tendrá que analizar el planteo formulado por el interno y determinar las medidas que correspondan.

Un punto importante

La resolución de la Cámara se refiere principalmente a qué fuero es competente para intervenir. No determina, por sí misma, que la denunciada falta de atención médica haya sido comprobada.